Interpol
2 December 2008



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2a reunión del grupo de especialistas de Interpol sobre bienes culturales robados
Lyón (Francia), 22 de febrero de 2005


Recomendaciones

Los participantes en la 2 a reunión del Grupo de especialistas de Interpol sobre bienes culturales robados, celebrada en Lyón el 22 de febrero de 2005,

TENIENDO PRESENTE la crucial importancia de los instrumentos jurídicos internacionales para luchar con eficacia contra el tráfico ilícito de bienes culturales,

CONSCIENTES de las ventajas que brinda la estrecha cooperación entre los organismos encargados de la aplicación de la ley y las instituciones culturales a escala nacional,

RECONOCIENDO la necesidad de que los funcionarios de policía y de aduanas cuenten con formación específica en materia de propiedad cultural,

HACIENDO HINCAPIÉ en la necesidad de que los organismos nacionales encargados de la aplicación de la ley tengan acceso inmediato a la información relativa a los bienes culturales robados,

TOMANDO NOTA de la necesidad de que los organismos nacionales encargados de la aplicación de la ley colaboren con expertos reconocidos para certificar el origen y la autenticidad de los bienes culturales sospechosos que pudieran proceder de Irak,

RECOMIENDAN:

  1. Que los países miembros de Interpol estudien el primer protocolo de la Convención de La Haya de 1954, la Convención de la UNESCO de 1970 y el Convenio de UNIDROIT de 1995 con miras a su adhesión.

  2. Que los países miembros de Interpol intensifiquen la cooperación entre los servicios policiales, las administraciones de aduanas y las instituciones culturales con objeto de mejorar la eficacia de la lucha contra el tráfico ilícito de bienes culturales, en particular mediante la puesta en marcha de programas de formación especializada sobre propiedad cultural.

  3. Que las Oficinas Centrales Nacionales proporcionen a los servicios policiales y aduaneros de sus respectivos países acceso a la base de datos de Interpol sobre obras de arte robadas a través del nuevo sistema de comunicaciones I-24/7, en cuanto esté disponible dicha base de datos.

  4. Que la UNESCO facilite a Interpol y a la Organización Mundial de Aduanas una lista de expertos y organizaciones a los que puedan consultar los organismos encargados de la aplicación de la ley con el fin de establecer el origen geográfico y la autenticidad de los bienes culturales investigados que pudieran proceder de Irak. El Consejo Internacional de Museos podrá proponer que se añadan expertos y organizaciones a la lista cuando lo considere oportuno.

  5. Que la Secretaría General de Interpol y la Organización Mundial de Aduanas faciliten dichas listas a los servicios policiales y aduaneros de sus respectivos países miembros.

  6. Que el Consejo Internacional de Museos aliente a la comunidad científica a cooperar en la lucha contra el tráfico ilícito y le invite a ponerse en contacto con Interpol y con la UNESCO si albergan dudas en cuanto a la procedencia de los bienes culturales.

 

Last modified on 9 May 2005 
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