Interpol
8 January 2009



      Home | Search | Contact | Help 
 
El Comité Ejecutivo

 

Papel del Comité Ejecutivo y del Presidente
Composición del Comité Ejecutivo
Reuniones del Comité Ejecutivo
Cómo entrar en contacto con la Secretaría General de Interpol

 

Papel del Comité Ejecutivo y del Presidente

El Comité Ejecutivo es el órgano deliberante restringido de la Organización, mientras que la Asamblea General es el órgano deliberante plenario.

  1. Papel del Comité Ejecutivo

De conformidad con el Artículo 22 del Estatuto de la Organización, el Comité Ejecutivo:

  1. Vela por la ejecución de las decisiones de la Asamblea General.
  2. Prepara el Orden del Día de las reuniones de la Asamblea General.
  3. Somete a la Asamblea General todo programa de trabajo y todo proyecto que estime conveniente.
  4. Vigila la gestión del Secretario General.
  5. Ejerce todos los poderes que le delegue la Asamblea General.

El Comité Ejecutivo puede proponer enmiendas al Estatuto de la Organización, aprueba y revisa el Reglamento del Personal y el Reglamento sobre la destrucción de informaciones de policía registradas por la Secretaría General.

En materia presupuestaria, da directrices al Secretario General, aprueba las normas de aplicación del Reglamento Financiero, da su aprobación a las modificaciones presupuestarias que puedan producirse a lo largo del ejercicio y decide sobre las sanciones aplicables a los países con retrasos en el pago de su contribución.

El Comité Ejecutivo nombra al candidato para las funciones de Secretario General con miras a su elección por la Asamblea General.

  1. Papel del Presidente

De conformidad con el Artículo 18 del Estatuto de la Organización, el Presidente del Comité Ejecutivo, que es también Presidente de la Organización, preside las reuniones de la Asamblea General y del Comité Ejecutivo y dirige sus debates, vela por que las actividades de la Organización sean conformes a las decisiones de la Asamblea General y del Comité Ejecutivo, y mantiene un contacto directo y constante con el Secretario General.

 

Composición del Comité Ejecutivo

  1. El Comité Ejecutivo está integrado por trece miembros:
  • El Presidente de la Organización.
  • Tres Vicepresidentes.
  • Nueve Vocales.

Se impone una triple condición sobre el origen geográfico de los miembros del Comité Ejecutivo: deben pertenecer a países distintos, hay que tener en cuenta el reparto geográfico determinado por la Asamblea General en su 33a reunión, celebrada en Caracas en 1964 y el Presidente y los tres Vicepresidentes deben pertenecer a continentes distintos.

En caso de que el Presidente elegido no sea miembro del Comité Ejecutivo antes de su elección y no haya ningún puesto vacante del mismo continente, el Comité Ejecutivo puede contar con catorce miembros. Con este objeto se elegirá a un cuarto Vicepresidente para que todos los continentes estén representados en la presidencia. Esta situación debe cesar en cuanto se presente la ocasión.

  1. Elecciones

Los miembros del Comité Ejecutivo son elegidos por la Asamblea General al final de una sesión ordinaria. Se eligen únicamente a personalidades escogidas entre los delegados de los países miembros. Los delegados son los representantes de los países miembros de la Organización en una reunión de la Asamblea General. Su mandato cesará de pleno derecho si dejan de cumplir esta condición.

Las elecciones tienen por objeto cubrir los cargos vacantes al final de un mandato, o en caso de defunción o dimisión de un miembro del Comité Ejecutivo.

La votación es secreta. En caso de empate de votos, se procede a una segunda vuelta, y en caso de nuevo empate, el candidato es elegido por sorteo. El Presidente es elegido por mayoría de dos tercios, o, después de dos votaciones sin resultado, por mayoría simple.

De conformidad con el Artículo 52 del Reglamento General, los delegados de un país miembro que no haya cumplido con sus obligaciones financieras no son elegibles para el Comité Ejecutivo.

  1. Mandato

El Presidente es elegido por cuatro años y los Vicepresidentes por tres años; no son inmediatamente reelegibles en sus funciones o como Delegados ante el Comité Ejecutivo.

Los Vocales son elegidos por tres años y no son inmediatamente reelegibles como Vocales ante el Comité Ejecutivo.

El mandato termina en caso de defunción o de dimisión, o cuando el miembro del Comité Ejecutivo deja de ser delegado en la Asamblea General. En este caso, el sustituto termina el mandato de su predecesor.

Los miembros del Comité Ejecutivo conservan sus funciones hasta el final de la sesión de la Asamblea General que debe proceder a las elecciones.

 

Reuniones del Comité Ejecutivo

El Artículo 20 del Estatuto de la Organización estipula que el Comité Ejecutivo se reúne al menos una vez por año, convocado por el Presidente de la Organización.

En la práctica, el Comité Ejecutivo se reúne tres veces por año. Por regla general, las dos primeras reuniones del año tienen lugar en la Sede de la Organización. La tercera reunión se celebra inmediatamente antes de la reunión la Asamblea General en el lugar en que ésta tenga lugar.

Las reuniones del Comité Ejecutivo se rigen por un Reglamento Interno aprobado en 1994, en el que se determinan las reglas de funcionamiento y procedimiento que deben observarse en los debates.

 

Cómo entrar en contacto con la Secretaría General de Interpol

cp@interpol.int

Si desean hacer alguna consulta sobre un caso determinado, les rogamos se pongan en comunicación con la policía de su país o con la oficina central de Interpol.

Última actualización el 10 de Diciembre de 2002

 

Last modified on 8 Dec 2005 
  © Copyright INTERPOL 2008. All rights reserved.        Home | Search | Contact | Help